GASTOS MÉDICOS

Es el crédito otorgado al asociado (a) activo (a), destinado a financiar todo lo relacionado
con la salud del asociado (a) y su núcleo familiar

El préstamo para Gastos Médicos tiene las siguientes condiciones:

  • Tasa de interés 11%.
  • Plazo según tabla de crédito.
  • Garantía: Sobre ahorros 90% o un fiador (que no se encuentren entre las limitaciones que indica el artículo 72).
  • Tener capacidad de pago el deudor y el fiador.

Para todo préstamo de Gastos Médicos debe presentarse:

  • Solicitud completamente llena con letra legible.
  • Un fiador, si el ahorro no cubre los dos millones de colones.
  • Fotocopia de las dos últimas colillas de pago del deudor y del fiador que demuestren la capacidad de pago (si fuese necesario, la administración está en su derecho de solicitar una certificación de salario emitida por el Área de Gestión de Recursos Humanos).
  • Fotocopia de la cédula por ambos lados del deudor y el fiador.
  • Factura proforma o definitiva de los servicios a utilizar.

Para mantener la tasa del 11% debe presentarse la factura o recibo de cancelado en un plazo máximo de 8 días hábiles, a partir de la fecha de la transferencia. Si lo realiza a través de los convenios de la asociación, el interés se aplica en forma automática.

Convenios
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